Has vendido una vivienda y, meses o incluso años después, el comprador te reclama por un defecto que dice que no sabía que existía: humedades, grietas estructurales, problemas de instalación... Antes de responder nada, conviene entender qué es exactamente un vicio oculto y cuándo existe responsabilidad real como vendedor.
Qué se considera vicio oculto
Un vicio oculto es un defecto de la vivienda que no era visible ni conocible en una inspección normal en el momento de la compra, y que hace que el inmueble no sirva para su uso habitual o disminuye ese uso de forma relevante. La clave está en "oculto": si el defecto era visible, o el comprador lo conocía, no se considera vicio oculto a estos efectos.
Cuándo respondes como vendedor
La responsabilidad del vendedor depende de si conocía el defecto y no lo comunicó, y también de los plazos legales para reclamar, que son limitados desde la entrega de la vivienda. Vender "tal cual" o incluir cláusulas de exoneración en el contrato puede matizar esa responsabilidad, pero no siempre la elimina por completo, especialmente si se demuestra mala fe.
Qué hacer si recibes una reclamación
Lo primero es no asumir responsabilidad de entrada ni tampoco negarla de plano: conviene revisar el contrato de compraventa, cualquier informe técnico previo a la venta, y la fecha exacta en que el comprador dice haber detectado el problema. De ahí depende si la reclamación está siquiera dentro de plazo, y qué margen real de negociación —o de defensa— existe.